Todas las empresas alimentarias, independientemente de su actividad, deben solicitar un número de autorización sanitaria para ser inscritas en el RGSEAA (Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos)
¿QUÉ EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A SOLICITAR EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS?
Dependiendo de la activad, la mayoría de veces con la comunicación previa ya se podrá empezar a trabajar. En otros casos, como pasa con empresas que tratan producto de origen animal, es obligatorio tramitar la autorización sanitaria y esperar a la aprobación por parte de Sanidad antes de iniciar la actividad. Algunos ejemplos de sectores que deben tramitar una autorización sanitaria:
- Empresas que elaboran alimentos (exceptuando para el consumidor final in-situ)
- Empresas de bebidas, conservas, platos elaborados, frutas, etc.
- Empresas de Distribución de alimentos. (mayoristas, vending…)
- Empresas de importación / exportación.
¿POR QUÉ CONFIAR EN GHA PARA LA TRAMITACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO?
GHA elabora su Memoria Sanitaria y tramita sus Registros Sanitarios según su actividad. Garantizamos la obtención de la autorización. Para ello:
- Realizamos el asesoramiento previo para evaluar las posibilidades de la empresa de obtener el Registro Sanitario y los cambios que debería implementar.
- Le dirigimos a la Clave que se debe solicitar.
- Cumplimentamos toda la documentación de solicitud.
- Elaboramos la Memoria de la Actividad.
- Implantamos del Planes de Autocontrol / APPCC (obligatorio según normativa sanitaria vigente).
- Tramitamos el expediente, realizamos el seguimiento y resolvemos las incidencias.
- Asistimos a la inspección de sanidad.