Todas las empresas alimentarias, independientemente de su actividad, deben solicitar un número de autorización sanitaria para  ser  inscritas  en  el RGSEAA (Registro  General  Sanitario  de  Empresas Alimentarias  y Alimentos)

¿QUÉ EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A SOLICITAR EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS?

Dependiendo de la activad, la mayoría de veces con la comunicación previa ya se podrá empezar a trabajar. En otros casos, como pasa con empresas que tratan producto de origen animal, es obligatorio tramitar la autorización sanitaria y esperar a la aprobación por parte de Sanidad antes de iniciar la actividad. Algunos ejemplos de sectores que deben tramitar una autorización sanitaria:

  • Empresas que elaboran alimentos (exceptuando para el consumidor final in-situ)
  • Empresas de bebidas, conservas, platos elaborados, frutas, etc.
  • Empresas de Distribución de alimentos. (mayoristas, vending…)
  • Empresas de importación / exportación.

¿POR QUÉ CONFIAR EN GHA PARA LA TRAMITACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO?

GHA elabora su Memoria Sanitaria y tramita sus  Registros Sanitarios según su actividad. Garantizamos la obtención de la autorización.
Para ello:

  • Realizamos el asesoramiento previo para evaluar las posibilidades de la empresa de obtener el Registro Sanitario y los cambios que debería implementar.
  • Le dirigimos a la Clave que se debe solicitar.
  • Cumplimentamos toda la documentación de solicitud.
  • Elaboramos la Memoria de la Actividad.
  • Implantamos del Planes de Autocontrol / APPCC (obligatorio según normativa sanitaria vigente).
  • Tramitamos el expediente, realizamos el seguimiento y resolvemos las incidencias.
  • Asistimos a la inspección de sanidad.