PREGUNTAS SOBRE SEGURIDAD ALIMENTARIA
abril 18, 2023SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
mayo 26, 2023NOVEDADES LEY DESPERDICIO ALIMENTARIO
LAS EMPRESAS DE LA CADENA ALIMENTARIA DEBEN DISPONER DE UN PLAN DE PREVENCIÓN DE PÉRDIDAS ALIMENTARIAS EN 2024
Esta norma tiene por objetivo la prevención y la reducción de las perdidas y desperdicio de alimentos, estableciendo una jerarquía de prioridades, facilitar la donación de alimentos y lograr una producción más sostenible, sensibilizando, formando y movilizando a todos los implicados de la cadena alimentaria sin perder de vista la seguridad alimentaria.
¿QUÉ QUIERE DECIR LA NORMA ?
Para la prevención de pérdidas y desperdicio se deben adaptar las actuaciones priorizando la donación de alimentos;
• La donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano.
• La transformación de los productos que no se han vendido, pero que siguen siendo aptos para el consumo humano, en otros productos alternativos.
• La alimentación animal y la fabricación de piensos.
• Su uso como subproductos en otra industria.
• Y por último, cuando ya sean residuos, al reciclado y, en particular, a la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos. Y cuando no sea posible lo anterior, para la valorización energética mediante la obtención de biogás o de combustibles.
¿QUÉ OBLIGACIONES IMPONE LA NORMA A TODA LA CADENA ALIMENTARIA?
• Aplicar la jerarquía de prioridades.
• Disponer de un plan de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario que contemple la forma en la que se aplicará la jerarquía de prioridades.
• Llegar a acuerdos o convenios para donar sus excedentes de alimentos a empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.
• Formar y sensibilizar al personal o voluntariado para fomentar su implicación y actuación contra el desperdicio.
¿Y PARA LAS EMPRESAS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACION?
Tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional, los alimentos que no haya consumido, así como informar de forma clara y visible en el propio establecimiento, preferentemente en la carta o el menú.
Para ello se deberán emplear envases aptos para el uso alimentario, reutilizables o fácilmente reciclables.
Así mismo deberán promover la flexibilización de menús, para que el consumidor pueda elegir la guarnición o raciones de distinto tamaño.
¿Y QUE PAPEL DEBEN LLEVAR A CABO LOS DISTRIBUIDORES Y EMPRESAS DE VENTA AL POR MENOR?
• Disponer de infraestructuras adecuadas para los procesos de manipulación, almacenamiento y transporte de los alimentos para que se minimicen las pérdidas y el desperdicio alimentario.
• Desarrollar protocolos específicos para reducir las pérdidas y el desperdicio a lo largo de la cadena de transporte y almacenamiento.
• Incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima aplicando la jerarquía de prioridades.
• En los comercios al por menor, disponer de líneas de venta con productos “feos”, ”imperfectos” o “poco estéticos”, promover el consumo de los productos de temporada, los de proximidad, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles y mejorar e incorporar la información sobre el aprovechamiento de alimentos.
• Formar y sensibilizar al personal o voluntariado para fomentar su implicación y actuación contra el desperdicio
• Exponer en lugares visibles propuestas de divulgación relativas a la planificación de menús, de sus compras, compra sostenible, cocina de reaprovechamiento, buenas prácticas de almacenamiento, reciclaje, lectura de las fechas de consumo preferente y caducidad para ayudar a sensibilizar al consumidor sobre estas cuestiones.
¿Y QUE PASA SI NO LO HAGO?
La normativa prevé sanciones para las infracciones que se clasificaran en muy graves, graves y leves.
Se considerara infracción leve;
- No aplicar las jerarquías o no justificar debidamente porque no se aplica.
- No llevar a cabo la donación de alimentos no vendidos y que siguen siendo aptos para el consumo humano.
- No colaborar con las administraciones públicas para la cuantificación de los residuos alimentarios
Se consideraran infracciones graves;
- No contar con un plan de prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario.
- Discriminar a la hora de donar alimentos por condiciones personales o sociales.
Las sanciones por no cumplir la norma pueden ir de 2.000 hasta 500.000 euros.
Bibliografía:
Congreso de los diputados: Proyecto de ley de prevención de las perdidas y el desperdicio alimentario.
En GHA, nuestro equipo de consultores asesora y diseña a medida esta documentación tanto en nuestro contrato de mantenimiento preventivo, como un servicio único y personalizado.
Otra documentación a tener en cuenta según la actividad de cada empresa sería:
- Plan de Proveedores
- Plan de Limpieza y Desinfección
- Plan de Formación
- Plan de control del Agua
- Plan de control de Plagas
- Plan de Temperaturas
- Plan de Alérgenos
- Plan de Mantenimiento
- Plan de Trazabilidad
- Plan de gestión de Residuos
Para más información no dudes en contactarnos o llamarnos al 93 8603105.